Firmas invitadas

El artículo 46 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, establece que el Servicio Ejecutivo de la Comisión valorará la calidad de las comunicaciones por indicio realizadas, notificando periódicamente esta valoración a los órganos de administración o dirección de los sujetos obligados. En la práctica,...

Las prioridades de la estrenada presidencia española del GAFI [1] comienzan con la lucha contra la financiación del terrorismo, poniendo en práctica la estrategia que fue aprobada a principios de año [2]. La experiencia española con la organización terrorista ETA (“Euzkadi Ta Askatasuna”) demuestra que combatir los recursos...

Una vez cumplido el plazo de cinco años concedido por la Ley 10/2010, de 28 de abril, para la aplicación de las medidas de diligencia debida (DDC) a los clientes, resulta desalentador que existan dudas sobre las obligaciones de DDC que deberían estar siendo aplicadas...

En la reunión convocada a principios de febrero por el Servicio Ejecutivo de la Comisión, a la que fuimos convocados los expertos de las quince entidades de crédito más importantes de España, una de las cuestiones planteadas por los supervisores fue la necesidad de establecer...

Como sabrán ya los lectores, la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito, ASNEF, reúne a las entidades de crédito que se dedican fundamentalmente a la financiación del Consumo en España, por lo que tiene la representación institucional de una parte significativa del sector financiero español...

Hemos recibido más de 61 propuestas de alegaciones de 61 compañeros/as de profesión. El trabajo ha sido arduo y complejo, pero conseguimos presentar en tiempo record una sola propuesta aglutinando todas. Es de imaginar la variedad de alegaciones que recibimos, pero finalmente destacamos las siguientes:   Definición de umbrales “Se...

Art. 4. Se dice: “Los sujetos obligados identificarán y comprobarán, mediante documentos fehacientes, la identidad de cuantas personas físicas o jurídicas pretendan establece relaciones de negocio o intervenir en cualesquiera operaciones ocasionales cuyo importe sea igual o superior a 1000 euros, con excepción……” COMENTARIO: Esto supone...