14 Oct Declaración informativa anual de cuentas financieras FATCA
A pesar de que no será hasta el 2017 cuando sea de aplicación el intercambio total de información que se recoge en el acuerdo FATCA, durante este año ya ha sido obligatorio para las entidades financieras presentar el modelo 290 con información relativa al ejercicio 2014.
Y es que desde enero 2015, el cumplimiento de obligaciones de intercambio de información en el ámbito de asistencia mutua se concreta en el modelo 290 desarrollado en la Orden HAP/1136/2014, de 30 de junio.
La Agencia Tributaria publica en su página web amplia información sobre el procedimiento para la tramitación electrónica y presentación de la declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses.
La presentación del modelo se realizará entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año, siempre con la información relativa al año anterior. No obstante, en 2015 las presentaciones se han extendido hasta el 31 de mayo tras aprobarse una ampliación del plazo previsto.
Este formulario incluye diferentes bloques de información a completar en relación a las normas de diligencia debida: con respecto a la institución financiera obligada; relativa a cada cuenta estadounidense sujeta a comunicación de información; y, también aquella identificativa de los titulares de las cuentas.
Así, al tiempo que se deberán facilitar los datos completos de la entidad –desde su NIF hasta razón social, pasando por el Global Intermediary Identification Number (GIIN) obtenido al registrarse ante la autoridad competente de los EEUU-, tendrá que consignarse la información sobre el número de cuenta, saldo y moneda.
En cuanto a la identificación del titular de la cuenta, se recogerán, entre otros, datos sobre nombre del titular, dirección, NIF estadounidense y fecha de nacimiento. Teniendo en cuenta el tipo de titular, se contempla la identificación de las personas físicas que ejercen el control sobre el titular de la cuenta. Si el titular es una entidad pasiva no estadounidense, se deberán proporcionar los datos personales de la persona física.
Por último, la información se ampliará a los tipos de rendimientos obtenidos en cada cuenta y a los pagos efectuados por las instituciones financieras a otras no participantes.
Todo ello como consecuencia de que el pasado 14 de mayo de 2013 España suscribiese con EEUU el Acuerdo para la mejora del cumplimiento fiscal internacional y la aplicación de la ley FATCA.
El texto establece la obligación de las instituciones financieras españolas de identificar las cuentas cuya titularidad o control corresponde a entidades o personas residentes o de ciudadanía estadounidense, así como la obligación de suministrar anualmente a la Administración tributaria española información sobre estas cuentas.