04 Jun Argentina ya tiene nueva ley de “perdón fiscal”
El Poder Ejecutivo del país andino ha promulgado la ley que dispone el blanqueo de capitales no declarados mediante la implementación de dos bonos y un pagaré para financiar la industria petrolera, infraestructura y la actividad inmobiliaria.
Se trata de la ley 26.860 que permitirá, a partir de este mes de junio, y durante 3 meses, que aquél que tenga fondos no declarados los deposite en una cuenta bancaria. El dinero quedará en un fideicomiso en el Banco Central argentino.
La ley de «exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en exterior» implementará «dos instrumentos financieros» que consistirán en «un bono con impacto directo en el sector energético y un certificado movilizador del sector inmobiliario y de la construcción».
Así, se autoriza al Ministerio de Economía a emitir el llamado «Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (BAADE)» y el “Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico«, en valor dólar, destinados «exclusivamente, a la financiación de proyectos de inversión pública en sectores estratégicos, como infraestructura e hidrocarburos».
Además, habilita al Banco Central a poner en circulación el «Certificado de Depósito para Inversión (CEDIN)», en dólares y endosable, «como un medio para la cancelación de obligaciones» en la referida moneda extranjera.
Así, la norma busca captar el billete estadounidense no declarado que los argentinos tengan ahorrados ya sea en sus casas, en cajas fuerte o en cuentas del exterior para ser invertidos en la economía local.
El Banco Central será “la autoridad de aplicación con respecto a los CEDIN y dictará las normas reglamentarias y complementarias pertinentes, inclusive el procedimiento a seguir en caso de extravío o sustracción”, se especifica en la norma publicada y reglamentada por el gobierno argentino.
Los que se acojan a este nuevo blanqueo quedarán eximidos del pago de todos los impuestos y liberados de sanciones por las leyes argentinas. Asimismo, no se deberán presentar declaraciones juradas rectificativas y se formalizará el ingreso de los fondos en las presentaciones de 2014.
Aunque según establece la norma, “la exteriorización de la moneda extranjera se efectuará mediante su depósito en entidades comprendidas en el régimen y sus modificaciones, dentro del plazo de tres meses, contados a partir del mes inmediato siguiente de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la reglamentación”, este plazo podría prorrogarse.
Están habilitados para incorporarse al régimen todas aquellas personas físicas y jurídicas con fondos en el exterior o en el país, acreditados al 30 de abril de 2013. Por el contrario, quedan exentos los funcionarios públicos y sus familiares, así como aquellas personas con causas judiciales tributarias en curso. Tampoco los «cónyuges y parientes en el segundo grado de consanguinidad» de imputados en causas de lavado de dinero.
Según el gobierno argentino, existen 120 mil millones de dólares no declarados de argentinos en el exterior y unos 40 mil millones dentro de las fronteras del país.