El TJUE respalda que una entidad financiera en Gibraltar facilite información a España para prevenir el blanqueo

El TJUE respalda que una entidad financiera en Gibraltar facilite información a España para prevenir el blanqueo

En una sentencia dictada el pasado 25 de abril, el TJUE da la razón a España que podrá exigir a una entidad financiera establecida en Gibraltar, Jyske, y que opera en nuestro país, información para combatir el blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo. El tribunal pone de manifiesto que el derecho de la Unión “no se opone a la normativa española” que exige a las entidades de crédito que operan en España, sin disponer de un establecimiento, que comuniquen directamente a las autoridades españolas (unidad de información financiera, UIF) la información necesaria a efectos de la lucha contra el blanqueo y la financiación del terrorismo.

La sentencia señala, además, que la normativa es “una medida proporcionada” a falta de un mecanismo eficaz que garantice una cooperación plena y completa entre los Estados miembros para luchar de modo eficaz contra estos delitos.

Jyske, filial del banco danés NS Jyske Bank, es una entidad de crédito establecida en Gibraltar que opera en España bajo el régimen de la libre prestación de servicios, es decir, sin poseer un establecimiento en España.

En enero de 2007, la UIF española solicitó a Jyske que le proporcionara cierta información ante la sospecha de un posible delito de blanqueo de capitales.

El mecanismo empleado con este fin era la creación en Gibraltar de estructuras societarias por las que se pretendía evitar que se pudiera conocer la identidad del propietario real de inmuebles adquiridos en España, esencialmente en la Costa del Sol, así como el origen de los fondos utilizados.

La entidad bancaria transmitió parte de la información solicitada, pero no los datos relativos a la identidad de sus clientes y las copias de las operaciones sospechosas realizadas en España, basando su negativa en la normativa sobre el secreto bancario aplicable en Gibraltar. El Gobierno español le impuso dos amonestaciones públicas y dos sanciones económicas por un importe total de 1,7 millones de euros.

Jyske estima que la Directiva sólo le impone una obligación de informar a la UIF de Gibraltar y que, por tanto, la normativa española no es conforme con la Directiva. Este banco interpuso entonces un recurso ante el Tribunal Supremo, que decidió plantear una cuestión prejudicial sobre esta materia al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La sentencia declara que la Directiva “no prohíbe expresamente” la posibilidad de exigir que las entidades de crédito que ejercen sus actividades en España en libre prestación de servicios comuniquen directamente a las autoridades españolas la información requerida a efectos de la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea