La nueva declaración de bienes en el extranjero recauda 87.700 millones

La nueva declaración de bienes en el extranjero recauda 87.700 millones

Según los datos ofrecidos por el propio presidente del Gobierno, Mariano Rajoy,  el número total de contribuyentes que han declarado bienes en el extranjero ascendería a un total de 131.411 por valor de 87.700 millones de euros.

Esta declaración deriva del procedimiento especial de identificación de cuentas en el extranjero, que se enmarca en la nueva Ley Antifraude y contempla sanciones de hasta el 150% del valor del bien no declarado.

El plazo para declarar cuentas, valores o bienes en el extranjero a través del modelo 720, acabó el pasado 30 de abril.

Hacienda ya había dicho que esperaba que permitiera aflorar más de 40.000 millones, cantidad que la regularización tributaria especial consiguió sacar a la luz. Sin embargo, según las cifras avanzadas por el presidente, la cantidad finalmente aflorada se situaría en el doble de lo estimado.

En concreto, Rajoy ha asegurado que 129.925 personas físicas han declarado cuentas y bienes en el extranjero por valor de 67.100 millones y 1.486 personas jurídicas han hecho lo mismo por valor de 20.590 millones de euros. Esta información permitirá a la Agencia Tributaria disponer de datos «más precisos», dice el presidente, para mejorar la eficacia de la recaudación.

A mediados del mes de marzo, cuando había transcurrido apenas un mes y medio del plazo para declarar estos bienes (comenzó el 1 de febrero), únicamente 3.000 españoles habían informado de bienes en el extranjero, si bien se fue acelerando la comunicación según se fue acercando la fecha del 30 de abril.

Esta nueva obligación no supone ningún pago adicional de impuestos, sino que se trata de una mera declaración informativa, con el fin de estrechar el cerco sobre los contribuyentes que tienen bienes en el extranjero sin declarar.

De esta forma, la tributación de las rentas descubiertas conllevará la aplicación a los contribuyentes de los tipos marginales en el IRPF, que serán en muchos casos superiores al 50% por el perfil de este tipo de declarantes con rentas y bienes en el extranjero, además de la liquidación de intereses de demora correspondientes a cuatro años y la exigibilidad de las sanciones tributarias correspondientes. Igualmente, en muchos casos la cuantía de la cuota defraudada supondrá que el incumplimiento sea constitutivo de delito fiscal.

Los contribuyentes que incumplan con esta nueva obligación de información se someterán a una infracción por ocultación de bienes o derechos en el extranjero que contempla la sanción máxima, pudiendo llegar al 150% del valor del bien no declarado y, además, las rentas descubiertas que no hayan sido declaradas se imputarán al último periodo impositivo de entre los no prescritos.

Fuente: Invertia