No colabores con delitos sin saberlo

No colabores con delitos sin saberlo

Manuel es joyero y este jueves volvía a casa a comer con una sonrisa dibujada en su rostro. Aquel señor enjuto que el mes pasado le había comprado de una tacada más de 6.000 euros en joyas (‘esto para la niña, que cumple 15 años’ decía, ‘ah, y con este broche me gano a mi suegra para que se quede con los niños el fin de semana’, ‘uy, y como no le lleve algo a mi mujer me deja sin cenar toda la semana, a ver qué joyita aparente le encontramos’), había vuelto esta semana a comprar los regalos de Navidad para los directivos de su empresa. Otra buena venta para Manuel, más de 9.000 euros. La alegría se transformó en una mueca de horror cuando, al cabo de unas semanas, vio por televisión la noticia de que la policía había desbaratado una red de prostitución y, entre las personas que aparecían en pantalla, se encontraba su generoso cliente. Pocos días después, recibe la visita de un policía preguntando por las compras hechas por su cliente. Como Manuel no realizó ninguna de las medidas de diligencia debida que legalmente le corresponden, tiene un problema: demostrar que ni él ni su empresa forman parte de la trama empresarial del clan apresado; porque, como el suyo, los delincuentes se servían de otros negocios para poder blanquear el dinero proveniente de sus actividades ilegales.
Esta es una historia novelada de una realidad más habitual de lo que pensamos. Muchos profesionales honrados se ven envueltos en situaciones similares, haciéndose co-responsables a ojos de la justicia de delitos en los que han participado sin saberlo. Sus negocios han sido utilizados por delincuentes para blanquear los fondos que han obtenido de prácticas ilícitas, como la prostitución, el narcotráfico o el contrabando. Lo difícil es demostrarlo (cita del experto explicando que es difícil demostrar la inocencia a posteriori, lo ideal es la prevención). Los profesionales no sólo pueden, sino que deben, desde la aplicación de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales de 2010, comunicar a las autoridades cualquier persona o movimiento sospechoso que pase por su negocio (cita del experto explicando de forma muy resumida las obligaciones que tienen los sujetos obligados). Las empresas no están solas en esta tarea de dar cuenta de cualquier posible irregularidad. Existen cursos de formación orientados a directivos implicados en la prevención del blanqueo de capitales, herramientas tecnológicas para gestionar la identificación de clientes (cita del experto explicando algunas de estas herramientas) y servicios de consultoría para elaborar manuales de procedimiento. La ley es clara en cuanto a la obligación de los sujetos de comunicar las transacciones susceptibles de encubrir un delito. Las herramientas para facilitar a los sujetos obligados el cumplimiento de la ley están en el mercado. Los profesionales lo tienen todo a favor para no verse envueltos en situaciones comprometidas que puedan perjudicar su negocio.