24 Jul Cuatro informes de Bruselas identifican las deficiencias de la normativa europea antiblanqueo
La Comisión Europea ha adoptado con fecha 24 de julio de 2019 una Comunicación y cuatro informes que, según explica Bruselas en un comunicado, ayudarán a las autoridades europeas y nacionales a «abordar mejor» los riesgos asociados al blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Sobre el papel se han tomado «estrictas y sólidas» normas de control; sin embargo parece que la cuarta y quinta Directiva establecidas por la ‘Comisión Juncker’ junto al refuerzo de la función de supervisión de la Autoridad Bancaria Europea, no resultan suficientes si no se aplican plenamente en todos los Estados miembros y en sus entidades financieras.
Se trata de un problema estructural en cuanto a la capacidad de la Unión para evitar que el sistema financiero se utilice con fines ilícitos.
Es en este sentido donde la UE recalca que «aún es preciso hacer frente a una serie de deficiencias estructurales» en la aplicación de estas normas. De ahí este paquete de medidas que quieren sirvan de base para futuras decisiones políticas sobre cómo seguir reforzando el marco a nivel europeo de la lucha contra el blanqueo de capitales.
Los riesgos sectoriales en el mercado interior
El informe sobre la evaluación supranacional de riesgos es un instrumento que pretende ayudar a los Estados miembros a determinar y abordar los riesgos sectoriales de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. La Comisión lo adopta cada dos años desde 2017.
En su segunda edición, además de ponerse de manifiesto que se han aplicado la mayoría de recomendaciones identificadas hace dos años, el documento señala que «persisten algunas vulnerabilidades horizontales», especialmente en relación con los productos anónimos, la identificación de los titulares reales y los nuevos productos no regulados, como los activos virtuales.
Es cierto que algunas de ellas se abordarán en la próxima transposición de la quinta Directiva cuya fecha límite es enero de 2020 pero es que los Estados miembros aún deben transponer íntegramente la cuarta.
Por eso, la Comisión les pide que ejecuten la Directiva «plenamente» y que sigan las recomendaciones de forma que mejore la cooperación entre supervisores, se sensibilice en mayor medida a las entidades obligadas y se proporcionen más orientaciones en relación con la identificación de la titularidad real.
Qué se ha aprendido de los casos recientes de blanqueo de capitales
El segundo de los cuatro informes recoge el análisis de 10 casos recientes y de dominio público sobre blanqueo de capitales en bancos de la UE. El objetivo, proporcionar un análisis de algunas de las deficiencias actuales y esbozar avances.
Así muestra, por ejemplo, que los bancos, en varios de los casos analizados, no respetaron de forma efectiva o, en ocasiones, directamente no cumplieron los requisitos de lucha contra el blanqueo de capitales.
Señala, también, que carecían de los mecanismos internos adecuados y no armonizaron sus políticas antiblanqueo cuando tenían modelos de negocio de riesgo. Los resultados también pusieron de manifiesto una falta de coordinación entre dichas políticas, tanto a nivel de entidades individuales como de grupo.
La respuesta de las autoridades nacionales, en términos de oportunidad y eficacia de las acciones de supervisión, «fue muy dispar», dice el documento.
Y es que «había grandes discrepancias en relación con la priorización, los recursos, la experiencia y las herramientas disponibles». En el caso concreto de la supervisión de un grupo bancario, los organismos competentes «tendían a basarse excesivamente en el marco normativo de los Estados miembros de acogida, lo que afectó a la efectividad de las acciones de supervisión en casos transfronterizos a nivel de la UE».
Además, la división de las responsabilidades llevó a una cooperación ineficaz entre las autoridades competentes en la materia, las prudenciales, las unidades de inteligencia financiera y las fuerzas de seguridad.
El documento concluye que la fragmentación normativa y de supervisión, unida a la diversidad de tareas, competencias y herramientas a disposición de las autoridades públicas, genera debilidades en la puesta en ejecución de las normas de la UE. Las deficiencias en las políticas y la supervisión en materia de lucha contra el blanqueo de capitales son más notables en situaciones transfronterizas, tanto en la UE como en países no pertenecientes a la Unión. Y, aunque los bancos y los supervisores han adoptado importantes medidas, es necesaria una mayor armonización entre los 28 y que se refuerce la supervisión.
Cooperación entre las UIF
Bruselas dedica otro de sus informes a cómo funciona la cooperación entre las unidades de inteligencia financiera (UIF) y ha identificado, por ejemplo, que algunas no pueden acceder a la información pertinente (financiera, administrativa y policial) e intercambiarla debido a sus diferencias en cuanto a estatus, competencias y organización.
También pone de relieve que el intercambio de información entre las UIF «sigue siendo insuficiente y, a menudo, demasiado lento». Y, a veces, carecen de herramientas informáticas adecuadas para importar y exportar información.
Entre los cambios que sugiere el informe destaca un nuevo mecanismo de apoyo.
Interconexión de los registros centralizados de cuentas bancarias
El cuarto informe establece una serie de elementos que deben tenerse en cuenta para una posible interconexión de registros de cuentas bancarias y sistemas de recuperación de datos.
La Comisión plantea que este sistema podría ser «descentralizado con una plataforma común a nivel de la UE».
No obstante, para logar la interconexión, se necesita una acción legislativa, previa consulta con los Gobiernos de los Estados miembros, las UIF, las fuerzas de seguridad y los organismos de recuperación de activos.