11 Sep La comunicación en los procedimientos de prevención
Detectar, analizar y comunicar las operaciones sospechosas son las variables que debe incluir todo procedimiento de prevención de blanqueo de capitales que también ha de estar dirigido a la detección anticipada.
De ahí, que el enfoque óptimo para trabajar por parte de los sujetos obligados sea el de participar activamente en el desarrollo del propio sistema de prevención que incluirá una evaluación continua de su funcionamiento y, lógicamente, de su efectividad.
Por eso, en el diseño de este sistema es tan importante implementar unos buenos cauces de comunicación en las organizaciones que además de situar a las unidades técnicas de prevención -una vez dotadas con los medios necesarios- como la punta de lanza, sitúen a las unidades comerciales, redes de negocio o a las distintas líneas de actividad como foco para la obtención e intercambio de información.
Conviene recordar que las unidades técnicas juegan un papel relevante en la sensibilización sobre la prevención en todo el ámbito del sujeto obligado y las áreas de negocio, por su parte, las que se relacionan con los clientes y, en consecuencia, las que aplican las medidas de diligencia debida.
Así, los sujetos obligados tendrán que establecer un procedimiento ágil de retroalimentación o feedback entre sus órganos de prevención y las unidades de negocio para detectar aquellos riesgos en los que puedan estar incurriendo en función de la actividad desarrollada y diseñar las medidas necesarias para mitigarlos.
En esta dinámica, los órganos de prevención comunicarán a las unidades de negocio aquellas tipologías de operaciones que la entidad no debe aceptar por presentar patrones de riesgo ya identificados en otras operaciones calificadas como sospechosas de blanqueo.
Si este procedimiento de difusión de las tipologías de operaciones de riesgo a las unidades de negocio funciona de manera eficaz, se garantiza que estas unidades anticiparán y, por tanto, impedirán de forma previa que se lleven a cabo transacciones que encajen con el patrón y los elementos de riesgo que presenta cada una de las distintas tipologías.
Y es que como señala el SEPBLAC, “la finalidad de la función de prevención se hace patente especialmente cuando el negocio sospechoso no llega a materializarse, y no solamente en la capacidad de detección, análisis y comunicación de la operativa sospechosa”.