¿Qué se considera blanqueo de capitales?

¿Qué se considera blanqueo de capitales?

El blanqueo de capitales o lavado de dinero es una actividad delictiva que permite aflorar dinero generado por actividades ilegales. El dinero generado por narcotráfico de drogas, extorsión, corrupción, prostitución, piratería u otras actividades al margen de la ley, acaba circulando en el sistema financiero como si fuera dinero lícito. Enlace a la defición en el BOE, pinchar aquí.

Por lo tanto, el blanqueo de dinero es una actividad ilegal que normalmente se deriva de otras prácticas también ilegales. En España, está regulado por la Ley 10/2010. Pero exactamente, y según la citada Ley, ¿cuándo hay que hablar de blanqueo de dinero? La Ley distingue cuatro tipos de actividades:

1- Cuando se convierten o transfieren bienes sabiendo que proceden de una actividad delictiva o han participado en ella. Se hace para ocultar el origen ilícito de los bienes o para ayudar a personas que han estado implicadas en un delito y así pueden huir de la Justicia.

2- Ocultar o encubrir la naturaleza, origen, localización, disposición, movimiento o la propiedad real de bienes o derechos sobre bienes, sabiendo que proceden de una actividad delictiva o han participado en alguna.

3- Adquirir, poseer o utilizar bienes sabiendo que cuando se reciben, proceden de una actividad ilegal o de la participación en algún delito.

4- También, la participación en actividades como las mencionadas anteriormente, la asociación para cometer este tipo de actos delictivos y las tentativas para perpetrarlos. Y aconsejar a alguien para realizarlos o facilitar su ejecución.

La Ley 10/2010 aclara que hay blanqueo de capitales aun cuando las actividades que hayan generado los bienes se hubieran desarrollado en el territorio de otro Estado.