Nueva resolución de la ONU para combatir la financiación del terrorismo

Nueva resolución de la ONU para combatir la financiación del terrorismo

El 28 de marzo de 2019, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas (ONU) aprobó la Resolución 2462 en la que se pone de manifiesto la necesidad de combatir la financiación del terrorismo también desde el ámbito penal y con unas unidades de inteligencia financieras potentes y autónomas, al tiempo que reafirma el papel que cumple el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). De hecho, insta «encarecidamente» a todos los Estados a que pongan en práctica las cuarenta recomendaciones revisadas de este organismo.

La ONU ve «con grave preocupación» que los terroristas recaudan fondos por medios tan diversos como el uso indebido de empresas comerciales legítimas, ONG, donaciones y financiación colectiva, así como a través de la explotación de los recursos naturales y el producto de actividades delictivas como el secuestro para obtener rescate, la extorsión, el comercio y tráfico ilícitos de bienes culturales, armas, la trata de personas y el tráfico de drogas.

Además advierte de que los terroristas trasladan y transfieren fondos, incluso a través de las instituciones financieras, usando sociedades pantalla y transportistas de fondos, y aprovechando métodos de pago emergentes, como las tarjetas de prepago, los sistemas de pago por telefonía móvil o los activos virtuales. Sin olvidar que pueden utilizar la delincuencia organizada transnacional en su beneficio como fuente de financiación o de apoyo logístico.

También insta a que a la hora de determinar qué sectores económicos son más vulnerables a la financiación del terrorismo en cada país, se incluya a los servicios no financieros como, por ejemplo, los sectores de la construcción, los productos básicos y los productos farmacéuticos.

Delito grave y sanciones efectivas

El texto de la Resolución, en su primer punto ejecutivo «decide» que todos los Estados tipifiquen como delitos graves, suficientes para que se pueda enjuiciar y sancionar de forma proporcional, efectiva y disuasoria, la provisión o recaudación intencionales, de manera directa o indirecta, de fondos, activos financieros o recursos económicos u otros servicios conexos con la intención de que dichos fondos se utilicen, o con conocimiento de que serán utilizados, en beneficio de terroristas u organizaciones terroristas con cualquier fin, incluidos el reclutamiento, el adiestramiento o los viajes, aun cuando no haya un vínculo específico con un acto terrorista.

Asimismo, recalca que hay que buscar la manera de «superar las dificultades» para obtener pruebas que garanticen sentencias condenatorias por este tipo de delitos y destaca la necesidad de que se apliquen «con eficacia» los mecanismos de congelación de activos y que, incluso, se considere la posibilidad de poner a disposición del público las listas nacionales o regionales de estas sanciones.

Reforzar las UIF

La Resolución se refiere igualmente a la importancia de que se establezcan unidades de inteligencia financiera (UIF) que funcionen de manera independiente y autónoma, y a que se refuerce el acceso a ellas y su capacidad para analizar la información, de forma que elaboren indicadores específicos de riesgo en colaboración con las autoridades competentes y cooperando de forma estratégica con el sector privado, incluidas las instituciones financieras, la industria de la tecnología financiera y las empresas de Internet y las redes sociales en la evolución de las tendencias, las fuentes y los métodos de la financiación del terrorismo.

E insta a que los países establezcan un marco que permita a las UIF, los servicios de inteligencia, las fiscalías y las autoridades judiciales, reunir e intercambiar información sobre la financiación del terrorismo, así como a nivel operacional y de inteligencia financiera en relación con las acciones y las pautas de desplazamiento de los terroristas, incluidos los combatientes terroristas extranjeros, entre ellos los que regresan y se trasladan.

Para ello ofrece una serie de recomendaciones como utilizar la inteligencia financiera suministrada por las UIF, así como la información financiera pertinente obtenida del sector privado; que exista una mayor coordinación interinstitucional; usar la inteligencia financiera y las huellas financieras como instrumentos para detectar redes de terroristas y sus financiadores; y establecer un mecanismo para obtener información incluso sobre cuentas bancarias para facilitar la detección de activos de los terroristas.

Rastreo de las operaciones financieras

Para aumentar la rastreabilidad y transparencia de las transacciones financieras, la ONU aboga por el uso pleno de las nuevas tecnologías financieras y tecnologías regulatorias que vayan surgiendo «para promover la inclusión financiera y contribuir a la aplicación efectiva» de las medidas antiblanqueo.

Otros medios que apunta para conseguir este fin son:

  • Velar por que las instituciones financieras, incluso dentro del mismo grupo financiero, y las actividades y profesiones no financieras designadas puedan intercambiar información y proporcionar a las autoridades nacionales información detallada sobre las tramas criminales
  • Evaluar los riesgos asociados con el uso de efectivo y de títulos negociables al portador, incluido el transporte ilícito de efectivo a través de las fronteras, y de otros productos financieros, como las tarjetas de valor almacenado y de prepago y los proveedores de sistemas informales de transferencia de fondos (incluidos los sistemas hawala)
  • Evaluar también los posibles riesgos asociados con los activos virtuales y los que plantean los nuevos instrumentos financieros, incluidas las plataformas de financiación colectiva

El papel de las ONG

Finalmente, la ONU reconoce «el papel fundamental» que desempeñan las ONG en las economías y los sistemas sociales nacionales y exhorta a los Estados a que realicen periódicamente evaluaciones del riesgo de su sector sin fines de lucro o actualicen las evaluaciones existentes para determinar qué organizaciones son vulnerables a la financiación del terrorismo y utilizar esa información como base para la aplicación de un enfoque basado en los riesgos.

Y es que hay que recordar que estas organizaciones se han usado incluso como pantalla por los terroristas o en su nombre.

Ahora bien, la Resolución tiene en cuenta que cuando se formulen y apliquen medidas de lucha contra la financiación del terrorismo, se tenga en cuenta los efectos que pueden tener en las actividades de carácter exclusivamente humanitario, incluidas las actividades médicas, que realicen agentes humanitarios imparciales.