19 Abr La Eurocámara da luz verde a la Quinta Directiva antiblanqueo
El pleno del Parlamento Europeo ha respaldado con 574 votos a favor, 13 en contra y 60 abstenciones la que supone quinta revisión de la Directiva comunitaria antiblanqueo que se ajusta a la necesidad de establecer una vigilancia más estrecha de las monedas virtuales, como el bitcoin, para evitar que se utilicen como instrumento para lavar dinero o financiar el terrorismo.
Las medidas constituyen una respuesta más, según señala Bruselas, “a los ataques terroristas de 2015 y 2016 en País y Bruselas, así como a las filtraciones de los Papeles de Panamá”.
La dilatada tramitación de la nueva norma se iniciaba en julio de 2016, momento en que la Comisión Europea presentaba su propuesta para aumentar la transparencia sobre la titularidad real de las sociedades y los fondos fiduciarios, y que las autoridades nacionales pudieran localizar a las personas que ocultan sus finanzas para cometer delitos, a quién negocia divisas online y a aquellos que emplean tarjetas prepago.
Unos meses después, en octubre de 2016, el Comité Económico y Social Europeo (CESE) apuntaba en su dictamen la fecha del 1 de enero de 2017 para que los Estados de la UE transpusieran a la legislación nacional esta Quinta Directiva.
Acceso público a la información sobre titularidad real
La reforma da derecho a cualquier ciudadano a acceder a la información sobre los titulares efectivos de las empresas que operan en la UE. El objetivo es acabar con la opacidad que facilitan las denominadas “empresas buzón”, a menudo utilizadas para blanquear capitales, ocultar fondos y eludir impuestos, como revelaron los “papeles de Panamá”.
En cuanto a los propietarios de fideicomisos, la información será accesible para aquellos que puedan demostrar un “interés legítimo”, como por ejemplo, periodistas y organizaciones no gubernamentales. Los estados miembros podrán dar un acceso más amplio a la información, en línea con su legislación nacional.
Monedas virtuales y tarjetas prepago
Los cambios también abordan los riesgos asociados a las tarjetas prepago y las monedas virtuales. Con objeto de acabar con el anonimato de las criptomonedas, se obligará a las plataformas de negociación y a los proveedores que ofrecen servicios de monederos electrónicos a aplicar controles de diligencia debida similares a los exigidos a los bancos, como la verificación de los clientes.
Además, estas plataformas y proveedores de servicios deberán registrarse, igual que las empresas de cambio de divisas y las oficinas de cobro de cheques, así como los proveedores de servicios fiduciarios o empresariales.
En el caso de las tarjetas prepago, el importe a partir del cual sus titulares deberán estar identificados se rebaja, desde los 250 euros actuales a 150 euros.
Vigilancia de países de riesgo
La nueva directiva incluye criterios más estrictos para evaluar si los países de fuera de la UE representan un riesgo de blanqueo, además de medidas de vigilancia más estrechas de las transacciones que implican a nacionales de países de riesgo.
La figura del whistleblower
Las personas que revelen información sobre blanqueo de capitales podrán beneficiarse de protección, incluido el derecho al anonimato.