Fin de Año activo en materia de legislación antiblanqueo

Fin de Año activo en materia de legislación antiblanqueo

Transcurrido un mes escaso desde que Bruselas abriera expediente a España por retrasar la transposición de la Cuarta Directiva antiblanqueo, el Ejecutivo ha iniciado un periodo de consulta hasta el 16 de enero sobre el Anteproyecto de Ley que modificará la vigente Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Esta modificación abordará algunos ajustes adicionales para adaptarse a esta Directiva con el objetivo de “mejorar la eficacia, eficiencia y coherencia de la normativa”, señala la Secretaria General del Tesoro y Política Financiera. Y eso teniendo en cuenta que la norma europea se inspiró en nuestra ley.

Entre las cuestiones centrales que aborda el anteproyecto se incorpora la obligación de registro de los prestadores de servicios a sociedades; se incrementa el importe máximo posible de las sanciones a imponer a los sujetos obligados en caso de encontrar indicios de actividades delictivas en sus clientes; y se considera de alto riesgo a todas las personas con responsabilidad pública, tanto nacionales como extranjeras.

Asimismo, con un enfoque preventivo, se suman nuevos sujetos obligados como por ejemplo las plataformas de financiación participativa o las sociedades gestoras de fondos de titulización.

Para adaptarse a las nuevas realidades fintech y regtech, el anteproyecto aclara la interacción de la normativa antiblanqueo y la de protección de datos, y precisa las obligaciones en función del tipo de datos concretos a tratar. Así, podrían crearse sistemas comunes de almacenamiento de información de diligencia debida y aplicarse innovación tecnológica para la mejora del cumplimiento legal de las entidades.

También se revisará el régimen aplicable al fichero de titularidades financieras, con la incorporación de nuevas instituciones en el acceso, al tiempo que se añaden nuevos productos como las cajas de seguridad.

Quinta Directiva

Por su parte, las instituciones europeas acaban de dar otro paso decisivo en el futuro texto de la Quinta Directiva.

Los principales cambios con respecto a la Directiva 2015/849 afectan a cuatro puntos:

  • Mejoras en el acceso a los registros de titulares reales, a fin de conseguir mayor transparencia en la propiedad de sociedades y fideicomisos
  • Se reduce a 150 euros el umbral para identificar a los titulares de tarjetas prepago y las plataformas de intercambio de divisas virtuales deberán aplicar la debida diligencia a sus clientes
  • Cooperación entre las Unidades de Inteligencia Financiera de los Estados miembros con acceso a información que permita identificar a los titulares de las cuentas
  • Refuerzo en los controles a terceros países de alto riesgo