COVID-19: recomendaciones de la EBA para evitar los delitos financieros en la pandemia

COVID-19: recomendaciones de la EBA para evitar los delitos financieros en la pandemia

En la actual pandemia provocada por el COVID-19, teniendo en cuenta que la mayoría de las economías se enfrenta a una recesión, es probable que disminuyan los flujos financieros. Sin embargo, según la experiencia de crisis pasadas, las finanzas ilícitas continuarán fluyendo.

De hecho, ya hay evidencia de mayores niveles de cibercrimen, fraudes y estafas relacionadas con el virus a personas y empresas vulnerables, campañas falsas de recaudación de fondos y redes criminales que venden productos racionados a un precio más alto. Además, como los delincuentes son altamente adaptables, es probable que surjan nuevas técnicas y canales para el lavado de activos.

La Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) ha advertido de que en el actual marco de flexibilidad a las entidades financieras para que apoyen los préstamos a la economía real, no pueden bajar la guardia en la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

«Es esencial para preservar la eficacia y la estabilidad del sistema financiero de la UE», señala la institución con sede en París en su declaración, en la que resalta a las entidades la importancia de continuar estableciendo sistemas y controles efectivos para garantizar que el sistema financiero de la UE no sea objeto de este tipo de abusos.

Y a las autoridades supervisoras de los Estados miembros les dice, en virtud de la cuarta directiva (Directiva EU 2015/849),  que tomen el protagonismo que les corresponde para seguir compartiendo información sobre los riesgos emergentes de blanqueo y consideren cómo adaptar temporalmente el uso de sus herramientas de supervisión  para garantizar el cumplimiento continuo por parte de las instituciones financieras y de crédito.

La EBA insta a que se trabaje de forma conjunta -supervisores, entidades, Unidades de Inteligencia Financiera y autoridades policiales y judiciales-, para identificar y crear conciencia de los nuevos mecanismos para llevar a cabo delitos financieros en estos tiempos.

Y, cuando sea necesario, que actualicen sus evaluaciones de riesgo. Citan como ejemplo productos financieros que se vuelven menos atractivos para propósitos de blanqueo debido a rendimientos decrecientes o técnicas de lavado con mayor riesgo de detección, como el reembolso anticipado de préstamos.

Sobre la diligencia debida, la EBA les recuerda que deben seguir monitorizando las transacciones y prestar especial atención a cualquier patrón inusual o sospechoso en el comportamiento de sus clientes y de sus flujos financieros.

Añade que deberían tomar medidas basadas en el riesgo para establecer el origen legítimo de flujos financieros inesperados, como son los que provienen de clientes en sectores que se sabe están afectados por la recesión económica y las medidas de mitigación de COVID-19. Podrían ser clientes con negocios en el sector retail que utilizan gran cantidad de dinero en efectivo, empresas involucradas en el comercio internacional y empresas fantasmas en sectores que, a pesar de la situación de parón económico, mantendrían un volumen similar de flujos financieros en ausencia de actividad económica real.