El 75% de las sentencias por corrupción dictadas en el tercer trimestre de 2019 fueron condenatorias

El 75% de las sentencias por corrupción dictadas en el tercer trimestre de 2019 fueron condenatorias

Durante el tercer trimestre de 2019 los jueces abrieron juicio oral o procesaron a 20 personas físicas y 9 sociedades por corrupción en nuestro país. Además, entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2019, los órganos judiciales concluyeron seis procedimientos por este tipo de delitos .

Así lo revela el repositorio de datos sobre procedimientos por corrupción del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que ofrece información referida a la denominada corrupción pública, entendiendo que es «la que más altos índices de preocupación causa en la ciudadanía».

Cataluña es la Comunidad con mayor número de personas acusadas, un total de 12 tanto físicas (9) como jurídicas (3). El segundo puesto lo ocupa la Comunidad Valenciana con 8 acusados en total (4 físicas y otras 4 jurídicas). Baleares con 5 acusados, Madrid con 2 y Galicia y País Vasco con 1, respectivamente, completan la lista.

Fuente: CGPJ

El 75 por ciento de las sentencias fueron condenatorias. En cifras absolutas, los Juzgados y Tribunales dictaron 12 sentencias en estos procedimientos. De ellas, 9 fueron total o parcialmente condenatorias. En este último caso tanto porque no se haya condenado por todos los delitos por los que se acusaba o porque no se haya condenado a la totalidad de los acusados enjuiciados.

Por Comunidades Autónomas, encabezan Baleares y Canarias con 2 sentencias cada una, seguidas de Asturias, Castilla-La Mancha, Cataluña, Valencia y Extremadura con una sentencia cada una.

Las 3 restantes fueron absolutorias y se distribuyen en Andalucía, Aragón y Canarias.

De este modo, los datos de los procedimientos judiciales tienen como sujetos activos a funcionarios públicos, gobernantes y políticos en el ejercicio de sus cargos, y como uno de los elementos del tipo la afectación de dinero público, abarcando así tanto la corrupción administrativa como la corrupción política.

Estos fenómenos se recogen en el Código Penal como delitos de prevaricación urbanística (artículos 320 y 322), prevaricación administrativa (art. 404, 405 y 408), infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos (art. 413, 414, 415, 416, 417 y 418), cohecho (art. 419, 420, 421 y 422), tráfico de influencias (art. 428, 429 y 430), malversación (art. 432, 433, 434 y 435), fraudes y exacciones ilegales (art. 436, 437 y 438), negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función (art. 439, 441, 442 y 443) y corrupción en las transacciones comerciales internacionales (artículo 286 ter).

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