¿Cómo debe funcionar una UIF para ser independiente y autónoma?

¿Cómo debe funcionar una UIF para ser independiente y autónoma?

Las Unidades de Inteligencia Financiera (UIF) deberían tener la autoridad y capacidad suficientes para llevar a cabo sus funciones de manera independiente. En esa independencia se incluye, además, la decisión autónoma de analizar, solicitar y/o diseminar información específica.

Esta independencia operativa y la autonomía son condición fundamental para lograr un sistema efectivo antilavado de activos y contra la financiación del terrorismo. Y es que si estos parámetros están comprometidos, el impacto sobre la lucha y prevención de estas actividades delictivas será significativo.

También se verá mermada la credibilidad de una UIF ante los miembros del sector privado y los organismos nacionales de aplicación de la ley, así como su capacidad para hacerse con la información que se requiere a nivel nacional para intercambiar información con socios internacionales. Además, puede tener efectos negativos sobre la calidad y el alcance de las investigaciones relacionadas con el blanqueo y la financiación del terrorismo y delitos precedentes como la corrupción o el crimen organizado.

Gobernanza y estructura

Las características de una UIF autónoma e independiente en términos operativos pueden agruparse en seis grandes categorías en las que se engloba la gobernanza y estructura organizativa de la Unidad, presupuesto y recursos, la designación y destitución de altos directivos y personal, la protección de información e intercambio de información, así como características vinculadas a la rendición de cuentas, la integridad, la transparencia y el liderazgo.

Así se recoge en un documento recién publicado por el Centro para la Excelencia y Liderazgo de las UIF del Grupo Egmont, donde establecen, además, que estas Unidades deben tener capacidad, como mínimo, para priorizar sus actividades analíticas a partir de parámetros que establezca y decisión sobre qué datos utilizar en sus productos analíticos; qué casos cerrar y cuándo darlos como concluidos; cómo analizar la información que puede obtener; a qué organismos diseminar la inteligencia financiera de la UIF y en qué formato; y qué solicitudes contestar y de qué manera.

También debe tener la capacidad de ejercer sus funciones principales de manera independiente, incluida la capacidad de obtener información sin tener que depender de la ayuda de un tercero.

En este sentido, las funciones centrales de la UIF deben ser diferentes a las del organismo con jerarquía superior y contar con los recursos técnicos, humanos y financieros que puedan garantizar su autonomía e independencia y que le permitan cumplir con su mandato de manera efectiva. Esto incluye la capacidad de reclutar y administrar a su personal de manera independiente, así como la capacidad de obtener y utilizar recursos sin ningún tipo de influencia o interferencia indebida ya sea política, del gobierno o del sector privado.

De esta forma, cuando una UIF esté ubicada dentro de la estructura existente de otra autoridad, las funciones centrales de la UIF serán diferentes de las de la otra autoridad para salvaguardar el acceso limitado y control sobre sus activos y el proceso de toma de decisiones.

En la práctica, esto incluye, por ejemplo, tener distintos servidores de tecnología de la información, instalaciones distintas a las que sólo pueden tener acceso personal y directivos de la UIF, gestión de documentos independiente, etc. Esto debe implicar que el personal y los directivos de la UIF no pueden ser reasignados sin la expresa autorización del JdUIF. Además, la UIF debería poder involucrarse en las cuestiones estratégicas y de gestión de la organización que la alberga.

La UIF tendrá protección funcional que la proteja de la responsabilidad. Los empleados deben ser susceptibles de protección contra procesos penales o civiles si han realizado sus actividades de buena fe. La ausencia de dicha protección puede conducir a que se utilicen dichos procesos como un medio para obstaculizar las actividades de la Unidad.

El jefe de la Unidad (JdUIF), cuya designación deberá ser apolítica y sobre concurrencia de méritos, definirá el perfil de los cargos de los directivos y del personal en general, con el fin de garantizar que el proceso de contratación se centre en las habilidades y competencias que la UIF exige. Además, el personal no debe ser impuesto a la UIF desde fuera, ni por el organismo del cual forme parte ni por ningún otro órgano de administración externo.

Son cuestiones que si bien incluyen los requisitos específicos fijados por el GAFI,  no se limitan a los estándares de este organismo y van más allá.