02 Dic Balance FATCA: cómo se adapta la banca española
Apenas queda un mes para inaugurar 2015 y el nuevo año será el primer ejercicio clave de efectividad del Acuerdo FATCA suscrito entre España y EEUU, desarrollado por la Orden Ministerial HAP/1136/2014.
Y es que, aunque el intercambio de la totalidad de la información a que se refiere el Acuerdo no está previsto hasta 2017, las entidades financieras españolas iniciarán a partir de enero 2015 el envío de información –sujeto al principio de reciprocidad y asistencia mutua-, en relación con las cuentas financieras sujetas a comunicación de información en el anterior ejercicio.
Las entidades deberían proporcionar el denominado Global Intermediary Identification Number (GIIN) para evitar la retención sobre los pagos efectuados desde el 1 de julio de 2014, pero esta fecha límite se extiende hasta el 1 de enero de 2015 para las españolas por encontrarse en el marco de un acuerdo FATCA modelo 1.
Con alguna excepción, son pocas las entidades financieras españolas que incluyen información específica sobre esta cuestión en sus webs corporativas. Otras, por su parte, informan sucintamente de lo que es esta nueva regulación, de que las entidades del grupo han sido registradas en el Internal Revenue Service (IRS) y que aparecen en el listado oficial de entidades financieras participantes.
El motivo es que, si bien esta normativa está en vigor en España a través de un acuerdo celebrado entre ambos Estados y que tiene unas implicaciones internacionales relevantes en lo que a intercambio de información y transparencia fiscal se refiere, lo cierto es que la mayor parte de los clientes de las entidades financieras españolas no son estadounidenses.
Si una entidad financiera española obligada a comunicar información, no tiene ninguna cuenta estadounidense sujeta a cumplimiento después de haber aplicado los procedimientos de diligencia debida, sólo estará obligada a registrarse pero no a presentar el modelo 290 de declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses.
No obstante, es evidente que los bancos españoles con más presencia en Latinoamérica sí tendrán que prestar más atención al cumplimiento de FATCA, precisamente por su ubicación geoestratégica cercana a Estados Unidos.
Para facilitar el cumplimiento de esta normativa internacional, la Agencia Tributaria, en su página web, recoge un documento explicativo con las preguntas frecuentes en relación al acuerdo de aplicación suscrito por España con EEUU.
La norma FATCA, en vigor desde el pasado 1 de julio 2014, exige a los bancos la identificación de los clientes con nacionalidad o residencia fiscal en Estados Unidos con cuentas en el extranjero, con el fin de enviar a las autoridades estadounidenses información referida a tales cuentas.