El intercambio de información en Andorra sólo se cumple parcialmente

El intercambio de información en Andorra sólo se cumple parcialmente

Andorra vuelve a ocupar portadas por su relación con el caso “Pujol”. Las últimas noticias señalan que el Principado tiene obligación de dar la información fiscal que España le solicite sobre un caso concreto.

En este sentido, el director de política fiscal de la OCDE, Pascal Saint Amans, afirma que esa obligación afecta a las demandas que la administración tributaria española le pueda hacer para expedientes que no hayan prescrito.

De no facilitar estos procedimientos, sus socios del Foro Global sobre Transparencia podrían llevarla al “banquillo”.

Coincide que en los primeros días de agosto 2014, la OCDE hacía público su último informe del Foro Global sobre Transparencia en el intercambio de información fiscal donde se evaluaba el cumplimiento en 10 jurisdicciones de los estándares necesarios que garantizan una práctica tributaria “saludable”.

Recordemos que el Foro Global se encarga de monitorizar y revisar la aplicación de esos estándares de transparencia e intercambio internacional de información tributaria.

Bajo la categoría de estar en “cumplimiento” se encuentran países como China, México, Dinamarca, Finlandia, Suecia y Noruega.

Sin embargo, Andorra aún se mueve en el “cumplimento parcial”.

Y es que fue en junio 2014 cuando el Principado suscribió la Declaración de la OCDE que compromete a los países a terminar con el secreto bancario para fines fiscales.

Esta Declaración compromete a los países a implementar el Estándar Común aceptado por los ministros de Finanzas del G-20 en febrero del año pasado. El Estándar obliga a los países y jurisdicciones a obtener información financiera de sus instituciones financieras y a intercambiarla anualmente con otras jurisdicciones.

Los argumentos del Foro Global para situar a Andorra en esta posición, son básicamente dos.

Por una parte, su marco legal que, podríamos decir, “blinda” la información personal en disposición de entidades y fundaciones, cuestión que se ve reforzado por un sistema de sanciones en vigor desde 2014.

Y, por otra, la inexistencia de un sistema de supervisión durante el período de revisión para asegurar el cumplimiento de las obligaciones de mantener la documentación subyacente de la información contable.

El informe señala, además, que si bien los mecanismos de Andorra permiten el intercambio efectivo de información en gran medida, hay algunas dudas en cuanto a la confidencialidad de la información recibida y el tratamiento que se hace de ella.

Estas recomendaciones formuladas en el informe deberán implementarse en medidas concretas a lo largo de los próximos doce meses.