23 Sep ¿Cuáles son las próximas novedades legislativas contra la corrupción?
El informe del Plan de regeneración democrática ya ha pasado por la aprobación del Consejo de Ministros en un documento que recoge las medidas que el Gobierno pondrá en marcha para luchar contra la corrupción y mejorar los mecanismos de respuesta y detección de que dispone nuestro ordenamiento jurídico.
Son cuarenta iniciativas que implican la modificación de diez leyes y que se espera consensuar con todas las fuerzas políticas.
Estas reformas se dividen en tres ejes normativos: el control de la actividad económica y financiera de los partidos políticos mediante una ley orgánica; la creación de un Estatuto del Cargo Público que regule el ejercicio y las funciones de los políticos; y, una reforma en las medidas penales y procesales contra la corrupción.
El control y fiscalización del patrimonio de los cargos públicos una vez hayan abandonado sus responsabilidades es uno de los principales objetivos de estas reformas. De esta forma, podrán detectarse las situaciones de enriquecimiento injustificado.
Para ello, se pretende reforzar la Oficina de Control de Conflictos de Intereses que, además de ampliar sus funciones y reforzar sus medios, colaborará con otros organismos como la Agencia Tributaria.
De forma similar a como se establece en la normativa internacional de prevención de blanqueo de capitales, se amplía el número de altos cargos sometidos (Personas Expuestas Políticamente) a un control reforzado. Cualquier movimiento «llamativo» en las cuentas corrientes que controlen estas personas con responsabilidad pública será comunicado al SEPBLAC.
En esta regulación del ejercicio del cargo público se encuadra, también, la concreción de los gastos de representación, de forma que se delimiten los usos a los que pueden ser destinados estos gastos que no podrán superar los límites fijados en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Además, se prohíbe el uso de tarjetas de crédito y los gastos sólo serán reembolsables con presentación de los justificantes.
Entre las medidas penales y procesales contra la corrupción, se recoge por primera vez de forma explícita el delito de financiación ilegal de partidos políticos y se refuerzan las consecuencias de ser condenado por corrupción.
Así, se prohibirá a los condenados por prevaricación, falsedad en las cuentas de los partidos políticos o financiación ilegal, entre otros, contratar con la Administración Pública o recibir subvenciones e incentivos.
Estas medidas son muy similares a las que recientemente ha publicado la Comisión Especial constituida en el seno del Parlamento Europeo con el objetivo de establecer un plan de acción contra el crimen organizado, la corrupción y el blanqueo de capitales.
Y será delito contratar desde la Administración Pública a precios superiores de los reales, según se incluye en el proyecto de reforma del Código Penal. También se perseguirá la celebración de contratos sin prestación, y la utilización del patrimonio público para fines privados.
Entre las mejoras procesales, se contempla el refuerzo de las garantías en el proceso penal para evitar que los condenados se lucren con los efectos del delito.