22 Jul La Abogacía pide la pronta aprobación del Reglamento de la Ley 10/2010
Durante los días 18 y 19 de julio, la sede del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) en Madrid ha acogido la IV edición del Congreso Internacional sobre Prevención y Represión del Blanqueo de Dinero.
Organizado por el CGAE, Ministerio de Economía, Colegio de Abogados de Madrid, Universidad de Santiago de Compostela junto a Garrigues y Cuatrecasas, los temas tratados en estas dos jornadas de trabajo se han centrado en las reformas de 2010, el análisis de la cuarta Directiva, la justificación de su castigo en la sociedad de la información avanzada y la posibilidad de un Derecho penal europeo.
Con un programa de contenidos dividido en una sección profesional y administrativa, y otra penal, el Congreso ha contado con ponentes de primer nivel tanto del ámbito profesional de la abogacía como del universitario. Entre ellos, destacamos a Luis Rubí Blanc, socio de Soluciones Confirma, que habló sobre “Los órganos de autorregulación de las profesiones liberales (OCP)”
Tras dos días de debate y análisis, la principal conclusión manifestada por los ponentes ha sido destacar la “necesaria” aprobación del texto que reglamenta la Ley 10/2010, ya que consideran “inexplicable y contraproducente” que no haya un Reglamento después de tres años de vigencia de la ley.
Además, los profesionales allí congregados han aprobado las siguientes conclusiones:
-“La esperanza fundada en que en ese Reglamento se alivie a la Abogacía y a otros sujetos obligados no financieros de las pesadas cargas, a menudo inasumibles, que impone la ley y cuya exención o modulación prevé precisamente, siguiendo un enfoque basado en el riesgo y atendiendo a la actividad y tamaño de los afectados.
– La exigencia de que en la normativa de prevención se trate al abogado como lo que es: un defensor de los derechos de todos los ciudadanos y un asesor jurídico con particularidades especiales que le diferencia de otros sujetos obligados tal como se reconoce en las Directivas europeas.
– La necesidad de que, dentro del régimen de autorregulación que aún ostenta la Abogacía, se aprueben normas deontológicas que den cobertura y orientación a las numerosas dudas y a los problemas que se presentan al Abogado en su quehacer profesional en materia de prevención del blanqueo de dinero.
– El rechazo a la posibilidad que se imponga deberes de diligencia debida reforzada, entre otros, y de manera genérica e indiscriminada a todos los clientes no residentes por ser tal medida absolutamente desproporcionada, imponer más obligaciones al sujeto obligado, dificultar y desincentivar la inversión extranjera y ser contraria a la legislación comunitaria en lo que a los ciudadanos de la UE se refiere.
– La urgencia en la constitución de un órgano centralizado de prevención de la Abogacía con todas las facultades previstas en la ley, no sólo de formación y de asesoramiento que ya presta la Comisión en el seno del CGAE, sino de representación y análisis de las operaciones, lo que incentivaría la comunicación de posibles operaciones de las que se tuviese noticia.
– La puesta de manifiesto que la Abogacía está plenamente dispuesta a desempeñar su papel en la prevención del blanqueo de dinero pero que carece de medios para cumplir con su cometido y está siendo sometida a una presión extraordinaria sin que se le reconozca por las autoridades competentes el esfuerzo y la buena voluntad que demuestra.
– El deseo que las relaciones con la Administración hayan entrado por un buen camino que desemboque en un clima de cooperación, respeto mutuo y confianza que permita la colaboración efectiva y fructífera en estas materias”.
Fuente: CGAE