11 Abr La ley antifraude marca e intensifica el plan de control tributario 2013
Se aprovechan las herramientas de la ley antifraude para incorporarlas al control tributario.
Tras la entrada en vigor de la ley 7/2012, la Agencia Tributaria ha elaborado un plan de control para 2013 claramente marcado por esta norma.
El nuevo plan contempla más de diez líneas de actuación que, con un objetivo recaudatorio, están estrechamente ligadas con la investigación y la lucha contra el fraude.
Entre ellas, se destacan las siguientes:
Control de pagos en efectivo. Análisis de las denuncias que se reciban sobre el incumplimiento de la limitación de pagos en efectivo a 2.500 euros y control sobre las transacciones respecto de las que no pueda determinarse el medio de pago utilizado. También se hará un especial seguimiento de los movimientos de efectivo en aduanas para detectar cantidades que superen el límite.
Limitación del régimen de módulos. Se comprobará la evolución de los contribuyentes excluidos del régimen de estimación objetiva a partir de la entrada en vigor de la ley antifraude, para perseguir aquellas actuaciones dirigidas a permanecer artificialmente en el régimen. Habrá un especial seguimiento de los empresarios que facturen a otros empresarios una parte significativa de sus operaciones.
Bienes y cuentas en el extranjero. La Agencia comprobará la situación tributaria de contribuyentes que, no habiendo presentado la nueva declaración informativa, ofrezcan indicio de operaciones con el extranjero que permitan presumir la existencia de bienes y derechos ocultos fuera de nuestras fronteras. En el caso de contribuyentes deudores, la declaración informativa se aprovechará para impulsar peticiones de asistencia mutua a otros Estados miembros de la Unión Europea al efecto de adoptar medidas cautelares o embargar bienes.
Aplicación de la inversión del sujeto pasivo en el IVA para la entrega de inmuebles y para subcontratistas. No obstante, para las operaciones previas a la entrada en vigor de la Ley 7/2012, continuará la persecución de tramas organizadas que pretenden devoluciones de IVA mediante la transmisión de inmuebles sin contenido económico real.
Impulso a las medidas cautelares para evitar vaciamientos patrimoniales. Se adoptarán las medidas cautelares necesarias para asegurar el cobro de la deuda ante cualquier sospecha fundada de impago. En casos de presunto delito fiscal se podrá actuar incluso antes del envío del expediente a la Fiscalía y se investigará el patrimonio de los imputados para detectar conductas de vaciamiento patrimonial o insolvencias punibles. Además, se potenciará la adopción de acuerdos de prohibición de disponer de inmuebles de una sociedad cuando se hayan embargado acciones del deudor.
Derivaciones de responsabilidad. En este ámbito, se enfatizarán las actuaciones tendentes a la aplicación de los supuestos de levantamiento del velo, administradores de hecho y responsables solidarios por ocultación de bienes.
Actuaciones fraudulentas en el ámbito concursal. Se procederá a la inadmisión inmediata de las solicitudes de aplazamiento de deudas que sean consideradas créditos contra la masa (posteriores a la fecha de declaración del concurso) y se vigilará la necesaria declaración separada de las cuotas de IVA devengadas antes y después de la fecha del concurso, así como la total compensación de los saldos pendientes antes de dicha fecha.