El GAFI también advierte de los riesgos de las monedas virtuales

El GAFI también advierte de los riesgos de las monedas virtuales

Las monedas virtuales vuelven a estar de actualidad en el sector económico y financiero.

De una parte, el TJUE dictaba el pasado 22 de octubre 2015 una sentencia que podría considerarse histórica en la medida que establece a nivel europeo que la compra-venta de este tipo de divisa, sea bitcoin u otra, se considera libre de IVA. Con ello se le está dando el mismo tratamiento que a las monedas tradicionales. Dice el tribunal que, de acuerdo a la normativa europea “son operaciones exentas del IVA, las prestaciones de servicios consistentes en un intercambio de divisas tradicionales por unidades de la divisa virtual “bitcoin”, y viceversa.

Por otra, en nuestro país, aunque las monedas virtuales ya estaban exentas de IVA por considerarse medio de pago, la Agencia Tributaria está enviando requerimientos a los negocios que utilizan bitcoins en España. Su objetivo es controlar las operaciones realizadas con este tipo de moneda ya que no es fácil controlar sus movimientos si tenemos en cuenta, por ejemplo que los usuarios pueden permanecer en el anonimato.

El GAFI, como continuación al Informe publicado en junio de 2014 sobre Monedas Virtuales: definiciones clave y riesgos potenciales de blanqueo, ha emitido una serie de directrices en las que, partiendo de la premisa de que los productos de pago y servicios de estas criptodivisas (VCPPS por sus siglas en inglés) presentan riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo, se aplica un enfoque basado en el riesgo.

Con el objetivo general de proteger la integridad del sistema financiero global, las directrices pretenden identificar las entidades que participan en los VCPPS, así como que quienes ejercen de cambiadores (personas o entidades) de moneda virtual convertible entiendan las Recomendaciones del GAFI relevantes para prevenir conductas delictivas, o lo que viene a ser lo mismo, que sean considerados sujetos obligados a efectos de cumplimiento normativo.

En definitiva, enfrentar los retos y riesgos de las monedas virtuales a través de la identificación y verificación de la identidad junto a la trazabilidad y registro de las operaciones.

Estas directrices también buscan ayudar a la administración y al sector privado de los diferentes países a desarrollar respuestas reguladoras globales y unificadas, incluida la necesidad de abordar modificaciones legislativas para hacer frente a los riesgos de los VCPPS, teniendo en cuenta el carácter “sin frontera” de estas divisas.

La guía concluye con un repaso al posicionamiento regulatorio que diversos países u organismos han tomado al respecto: la Autoridad Bancaria Europea, Canadá, China, Francia, Alemania, Italia, Rusia, Suiza, Sudáfrica, Singapur, EEUU y Reino Unido.