07 Jun La UE pone más difícil usurpar la identidad con documentos más seguros
Bruselas ha adoptado un Reglamento para que los documentos de identidad y permisos de residencia de los ciudadanos de la UE sean más seguros y reduzcan el riesgo de robo de identidad. La norma se extiende también a los familiares de un residente comunitario que no sean ciudadanos de la UE.
Y aunque nace con el objetivo de combatir mejor el uso de papeles falsificados para tratar de entrar de manera irregular en territorio comunitario, en el sector financiero la nueva normativa europea facilitará una mayor diligencia en la identificación formal de los clientes, puesto que incorpora normas mínimas comunes a todos los Estados miembros que los expiden, tanto respecto de la información que contienen los documentos como de las medidas de seguridad.
Que alguien trate de utilizar ‘mi identidad’ es una problemática real a la que a diario se enfrentan los ciudadanos tras haber sido víctimas de un delito de robo de identidad y que, en nuestro país, pivota sobre el DNI. Con el agravante, además, de que los afectados por este tipo delictivo se suelen enterar cuando acuden, por ejemplo, a una entidad financiera para establecer relaciones de negocio.
Normas de seguridad
Los nuevos documentos de identidad tendrán que elaborarse en un formato uniforme del tipo de las tarjetas de crédito (ID-1), incluir una zona de lectura mecánica y seguir las normas mínimas de seguridad que establece la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional). Asimismo, tendrán que incluir una fotografía y dos impresiones dactilares del titular, que se almacenarán en formato digital, en un chip sin contacto. Se indicará, además, el código de país que corresponda al Estado miembro de expedición, dentro de una bandera de la UE.
El periodo de validez de los documentos será de un mínimo de cinco años y un máximo de diez. Para los mayores de 70 años, se prolonga este periodo y, en el caso de los menores, podrá ser inferior a cinco años.
Ahora bien, a los países que no los tienen previstos en su legislación nacional como Irlanda y Reino Unido, no obliga a adoptar documentos de identidad.
Eliminación de los documentos antiguos
Una vez que el Reglamento se adopte formalmente, es decir, que se publique en el DOUE, la norma entrará en vigor dos años después, lo que significa que para esa fecha todos los documentos deberán cumplir los nuevos criterios de seguridad. Asimismo, se revisará cada seis años para comprobar, entre otros, la eficacia de la verificación biométrica para la seguridad y su impacto en los derechos fundamentales.
Los documentos antiguos dejarán de ser válidos diez años después de la fecha de aplicación de la nueva normativa o en la fecha de su expiración, si esta es anterior. Y aquellos que se expidan a partir de los 70 años de edad seguirán siendo válidos hasta su expiración, siempre que cumplan las normas mínimas de seguridad especificadas y cuenten con una zona de lectura mecánica.
Para los documentos menos seguros, como es concretamente el caso de Grecia, el plazo de expiración será de cinco años.
Garantías de protección de datos
En la nueva normativa se incluyen garantías sólidas de protección de datos para que la información recopilada no caiga en malas manos. En particular, las autoridades nacionales tendrán que garantizar la seguridad del chip sin contacto y de los datos en él almacenados para que no puedan piratearse ni pueda accederse a ellos sin permiso.
En la actualidad, hay alrededor de 86 tipos de DNI y 181 tipos de documentos de residencia diferentes en la UE.