El Consejo Europeo fija su posición sobre la propuesta de Directiva contra el blanqueo de capitales mediante el Derecho penal

El Consejo Europeo fija su posición sobre la propuesta de Directiva contra el blanqueo de capitales mediante el Derecho penal

Con el principal objetivo de ponérselo más difícil a las fuentes que financian las organizaciones terroristas y mejorar los mecanismos de localización de sus miembros a través de los movimientos financieros, el Consejo Europeo ha adoptado una serie de normas más eficaces agrupadas en una propuesta de Directiva contra el blanqueo de capitales mediante el Derecho penal. Pretende establecer criterios mínimos en cuanto a la definición de los delitos penales y las sanciones.

El pasado 8 de junio, en el marco de la presidencia maltesa, el Consejo adoptó su posición sobre un texto que trata de reflejar el equilibrio entre las posiciones manifestadas por las delegaciones en un marco transaccional general.

También que existan disposiciones comunes para mejorar la investigación de estos delitos, unas normas que, en definitiva, servirán para eliminar los obstáculos a la cooperación judicial y policial transfronteriza.

Y como tercer pilar para el nuevo texto de la Directiva, se solicita adaptar las normas de la UE a las obligaciones internacionales, en particular las derivadas del Convenio del Consejo de Europa relativo al blanqueo, seguimiento, embargo y decomiso de los productos del delito y a la financiación del terrorismo (Convenio de Varsovia) y de las recomendaciones pertinentes del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

En consecuencia, los debates en el Consejo se han centrado en torno a tres cuestiones: el ámbito de aplicación de la definición de ‘actividad delictiva’; la tipificación del autoblanqueo recogida en el artículo 3.3; y la relación del futuro texto con lo que recoge la denominada Directiva PIF en cuanto a normas específicas para el blanqueo de capitales de bienes derivados de los delitos contra los intereses financieros de la UE (artículo 1.2).

En este último punto el Consejo subraya que los Estados miembros pueden transponer estas normas a través de un único marco global en materia de blanqueo de capitales a nivel nacional.

Por lo que respecta a la cuestión de la ‘actividad delictiva’, recogido en el artículo 2.1 de la propuesta, el acuerdo transaccional del Consejo reitera que todas las categorías de delitos definidas por el Convenio de Varsovia se incluyan como delitos principales, aunque también haya referencias a la legislación existente de la UE que define delitos específicos, a fin de garantizar que se tengan en cuenta en la categoría correspondiente.

Asimismo, para hacer frente a la amenaza creciente de la ciberdelincuencia, el Consejo ha acordado añadirlo también a la definición de actividad delictiva.

Los antecedentes de esta iniciativa hay que buscarlos en la propuesta presentada por la Comisión en diciembre de 2016 junto con un borrador de Reglamento sobre el reconocimiento mutuo de las resoluciones de embargo y decomiso. Estos dos textos forman parte del plan de la UE para reforzar la lucha contra la financiación del terrorismo y los delitos financieros.

El Consejo y el Parlamento iniciarán las negociaciones sobre el texto definitivo en cuanto la Eurocámara haya adoptado una decisión, en el contexto del procedimiento legislativo ordinario.