¿Cómo sacar dinero blanqueado de los canales legales de la economía?

¿Cómo sacar dinero blanqueado de los canales legales de la economía?

Incautar los bienes relacionados con la corrupción. Esta es la propuesta aprobada por el pleno del Parlamento Europeo el pasado 25 de febrero con el fin de “seguir el dinero a través de las fronteras y decomisar las ganancias de los criminales”.

La medida se enmarca en la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el embargo preventivo y el decomiso de los productos de la delincuencia en la Unión Europea.

La motivación principal de la delincuencia organizada transfronteriza es la obtención de beneficios financieros. En este sentido, es necesario dotar a las autoridades competentes de los medios para localizar, embargar, administrar y decomisar el producto del delito.

Actualmente, con los mecanismos disponibles, las autoridades nacionales incautan menos de un 1% de las ganancias de delitos como el tráfico de drogas y de personas, la falsificación o el contrabando de armas de pequeño calibre.

La ONU sitúa en más de 2 billones de dólares anuales (es decir, más de 2 millones de millones) los beneficios obtenidos por el crimen organizado, cantidad que equivale al 3,6% del PIB mundial, y que, no olvidemos, tiene que ser blanqueada para pasar a los canales legales.

Si aplicamos el 1% a esos 2 billones de dólares, estaríamos hablando de que se incautan 20 mil millones de dólares, una cifra que representaría casi la suma del PIB de la zona euro y China juntos (15,7 mil millones de euros).

El volumen de las ganancias incautadas parece elevado, sobre todo si lo referenciamos a indicadores reales de la economía mundial, pero se trata de una cantidad insignificante comparada con la cifra de negocio del crimen organizado transfronterizo.

Por eso, las nuevas normas buscan aumentar el porcentaje de incautación permitiendo que los países confisquen bienes adquiridos a través de delitos como la corrupción en el sector privado y público tanto de funcionarios de las instituciones europeas como de los Estados miembros, la participación en una organización criminal, la pornografía infantil e, incluso, el cibercrimen.

La futura regulación, que aún debe someterse a la aprobación del Consejo, exige a los Estados miembros que permitan el decomiso de activos de origen delictivo tras una condena definitiva. También podrán incautarse de estos bienes en el caso de que el sospechoso o acusado esté huido o enfermo.

Asimismo, se establece el decomiso de productos transferidos a un tercero, siempre que se pruebe que esa persona es conocedora de que “el bien constituía un producto de actividades delictivas o que se le había transferido con objeto de evitar su decomiso y se le había entregado de forma gratuita o transferido a cambio de un importe inferior a su valor de mercado”.

El texto subraya que los Estados miembros deberían considerar la posibilidad de tomar medidas para permitir el uso de propiedades decomisadas para fines de interés público o social.

En cuanto al plazo de transposición a las legislaciones nacionales, se concreta en 30 meses.

Entre los Estados miembro, Reino Unido y Dinamarca ya han anunciado que no asumirán estas medidas.